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Se notan avances en derechos de autor en República Dominicana





SANTO DOMINGO. El mundo ha ido avanzando en temas de derechos de autor. Lo confirman dos tratados que fueron firmados por República Dominicana y que el presidente Danilo Medina ha enviado al Congreso.

“Los años 2012 y 2013 fueron positivos para el avance del derecho de autor a nivel mundial, al ser firmados por los estados miembros de la Organización Mundial de Propiedad intelectual (OMPI), dos de los más importantes tratados internacionales administrados por dicha organización internacional, el de Beijing(2012) sobre la Protección de las Interpretaciones y Ejecuciones en las obras audiovisuales y el de Marrakech (2013), para facilitar el acceso a las obras publicadas, a las personas Ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso”, dijo a DL Marino Feliz Terrero, exdirector de la Oficina Nacional de Derechos de Autor (ONDA) y actual asesor del Poder Ejecutivo para esa materia.

Feliz, quien dirigió las misiones que representaron el país en las dos Conferencias Diplomáticas durante las negociaciones de esos tratados, manifestó que con el Tratado de Beijing se hizo justicia “al otorgar protección a los artistas intérpretes o ejecutantes en las obras audiovisuales, aspecto este que quedó pendiente de resolver desde la firma del Tratado WPPT, para la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes y fonogramas, en el año 1996”.

A beneficio de los no videntes
Sobre el Tratado de Marrakech, que entró en vigencia desde septiembre, 2016, reconoció que “este instrumento internacional será de gran beneficio para la humanidad y para una parte importante de la población de nuestra sociedad dominicana, no solo porque los beneficiarios del mismo pertenecen a una población débil y vulnerable”.

El doctor Feliz Terrero aportó datos de que en el mundo de hoy existen unos 285 millones de personas con discapacidad visual, de los cuales, 39 millones son ciegas y 246 millones poseen la condición de baja visión, y subrayó la importancia de que en el país se hace imprescindible el Tratado de Marrakech por permitir el uso de mecanismos para brindarles los medios a esta población para que tenga acceso a la cultura y a los conocimientos.

Feliz Terrero felicitó al presidente Danilo Medina “por haber enviado estos dos Tratados al Congreso Nacional y exhorto a los legisladores (senadores y diputados) a aprobar sin demora su adopción y ratificación”.

Diferendo con clínicas
Por otra parte, se refirió a la medida tomada por varias clínicas de retirar los televisores de las habitaciones y salas de espera, a tenor con las infructuosas negociaciones con la Sociedad Dominicana de Artistas, Intérpretes y Ejecutantes (Sodaie) y la Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (Egeda).

“Si bien los autores y titulares tienen el derecho sobre sus obras, los usuarios también tienen el derecho a la transparencia, es decir, las clínicas privadas tienen el derecho a que se les informe ¿Por qué concepto deben pagar, cuánto deben pagar y cuándo deben pagar? Esta es la columna vertebral de nuestro sistema jurídico en materia de cobros y pagos”, afirmó.

“En segundo lugar, el cobro de regalías por derecho de autor no es un impuesto, constituye el salario de los autores y titulares por la explotación comercial de sus obras. En tercer lugar, lo importante no es determinar si las sociedades tienen derecho a cobrar en nombre de sus asociados, puesto que son entidades autorizadas a actuar en representación de sus asociados”, expresó el experto.

“En este caso hay que tomar en cuenta que también entran como actoras las empresas de televisión por cable, las cuales proveen las señales a las clínicas. La comunicación publica de las obras es un derecho reconocido por la ley en favor de los autores y titulares de obras musicales, de obras audiovisuales y también en favor de los denominados derechos conexos al derecho de autor, es decir en favor de los artistas, intérpretes y ejecutantes, en este caso. Es aquí entonces donde debe intervenir el órgano regulador del Estado para determinar quién debe asumir la responsabilidad del pago. Si son las clínicas privadas en base al contrato que sostienen con las operadoras de televisión por cable. Si son la empresas de cable en base a los contratos que sostienen con los organismos de origen productores de señales”, manifestó Feliz Terrero.
DL

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